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Impuestos y modelos · Blanco Otero

Qué es el modelo 347 y cómo revisar las operaciones con terceros

Para qué sirve la declaración anual de operaciones con terceros, cómo revisar los importes y qué hacer si no coinciden con un proveedor.

Por Blanco Otero Asesores · Fuentes revisadas el

Te ayudamos a revisar el modelo 347
La respuesta, en claro

El modelo 347 es una declaración informativa anual de operaciones con terceras personas. No es una liquidación para pagar un porcentaje de esas operaciones. Antes de presentarlo deben revisarse el umbral, los criterios de cómputo y las exclusiones.

Qué importe se toma como referencia

La referencia general de las operaciones con una misma persona o entidad es superar 3.005,06 € anuales, con los criterios y excepciones del modelo. No debe compararse solo una factura aislada ni confundirse el total anual con un trimestre. Revisa también el tratamiento del IVA en el cómputo.

Qué situaciones necesitan comprobación

Las instrucciones contemplan operaciones excluidas, información ya declarada por otras vías y reglas específicas. Que un cliente o proveedor supere una cifra no demuestra, por sí solo, que deba incluirse. Conviene revisar el régimen del declarante y la naturaleza de las operaciones.

Cómo contrastar diferencias

Compara facturas, rectificaciones, fechas y datos fiscales. Si tu proveedor comunica una cantidad distinta, pide el detalle en lugar de cambiar tu cifra para que coincida. El registro contable y el criterio del modelo deben explicar la declaración.

Cómo preparar la gestión

  1. Obtén el detalle anual por cliente y proveedor.
  2. Comprueba los NIF y la identidad de cada tercero.
  3. Revisa los criterios de importe, IVA y exclusiones.
  4. Contrasta el desglose temporal y las rectificaciones.
  5. Valida la declaración en la sede de la AEAT y guarda el justificante.

Preguntas frecuentes

¿El 347 sirve para pagar IVA?

No. Es informativo y no sustituye a la autoliquidación de IVA.

¿Debo cambiar mis datos porque el proveedor me da otro total?

Primero hay que localizar la causa y aplicar el criterio correcto; la coincidencia por sí sola no justifica una cifra.

Fuentes oficiales y revisión

Fuentes revisadas el 30 de octubre de 2026. Comprueba la normativa, los formularios y el calendario aplicables a la fecha de tu operación. Si necesitas que revisemos tu caso, contacta con el despacho.

De la duda a la gestión

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