El coche de una persona fallecida no se transfiere como una compraventa ordinaria. Es necesario coordinar la documentación de la herencia, la situación tributaria y el trámite de Tráfico. Antes de la adjudicación puede ser necesario comunicar un custodio provisional.
Si todavía no se ha adjudicado el vehículo
La DGT contempla comunicar quién tiene su custodia provisional mientras se determina el adjudicatario. Esa comunicación no equivale a repartir la herencia ni convierte al custodio en propietario definitivo. Revisa también la situación del seguro y del vehículo antes de utilizarlo.
Cuando ya existe heredero adjudicatario
La DGT prevé el cambio al adjudicatario definitivo y exige revisar la documentación sucesoria y tributaria correspondiente. Su información recoge un plazo máximo de 90 días desde la fecha del documento que lo designa como nuevo titular definitivo. No debe confundirse con los plazos del impuesto de sucesiones.
Qué documentación conviene reunir
Identificación de los interesados, documentación del vehículo y documentos de adjudicación. Localiza también la información de presentación del impuesto y los justificantes específicos que solicite el trámite. Si hay varios herederos, explica cómo queda asignado el vehículo.
Cómo preparar la gestión
- Comprueba si hay adjudicación definitiva o solo custodia provisional.
- Localiza la documentación de la herencia y del vehículo.
- Revisa la situación fiscal y el justificante exigido por Tráfico.
- Presenta el trámite adecuado y conserva su resguardo.
- Comprueba después los datos del permiso y el seguro.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo que vender el coche del fallecido?
No. La herencia y una posterior compraventa son operaciones diferentes.
¿El plazo de DGT sustituye a sucesiones?
No. El impuesto y el cambio de titular tienen sus propias referencias y obligaciones.
Fuentes oficiales y revisión
- DGT: donaciones, herencias y otras transmisiones
- DGT: instrucciones de transferencias y adjudicación a herederos
Fuentes revisadas el 30 de octubre de 2026. Comprueba la normativa, los formularios y el calendario aplicables a la fecha de tu operación. Si necesitas que revisemos tu caso, contacta con el despacho.
De la duda a la gestión
¿Necesitas ayuda con tu caso?
Te ayudamos a revisar la herencia, la documentación tributaria y el trámite de Tráfico que corresponda al vehículo.
Te ayudamos con el cambio de titular por herenciaO llámanos al 942 84 45 45. Estamos en Suances y atendemos a clientes de Cantabria.
