El modelo 390 es la declaración resumen anual del IVA. Recoge información del ejercicio y no debe confundirse con la autoliquidación del último período. Hay contribuyentes exonerados, por lo que es necesario revisar cada situación.
Cómo se relaciona con el modelo 303
El 303 corresponde a la autoliquidación periódica; el 390 resume información anual. Al preparar el cierre se contrastan ambos con los libros y operaciones del ejercicio. No conviene sumar declaraciones sin analizar qué datos solicita cada apartado.
Quién puede estar exonerado
La AEAT contempla, entre otros, determinados contribuyentes del SII y ciertos supuestos de tributación trimestral en régimen simplificado o arrendamiento de inmuebles urbanos. Hay condiciones y excepciones, incluidas las relativas al último período. La exoneración puede exigir información adicional en el 303.
Qué revisar al terminar el ejercicio
Comprueba actividades, regímenes, cuotas y saldos arrastrados. El cese durante el año o un cambio de régimen requiere atención específica. Antes de concluir que no debes presentar el 390, contrasta el supuesto completo con las instrucciones del ejercicio.
Cómo preparar la gestión
- Comprueba tu régimen y si existe una exoneración aplicable.
- Reúne todas las autoliquidaciones periódicas y sus rectificaciones.
- Contrasta los registros con el resumen anual solicitado.
- Revisa las obligaciones informativas del último modelo 303.
- Guarda una conciliación que permita explicar los importes.
Preguntas frecuentes
¿Presentar el 390 sustituye al cuarto trimestre?
No. El resumen anual y la autoliquidación periódica cumplen funciones distintas.
¿Todos los que presentan 303 presentan 390?
No. Existen supuestos de exoneración que deben comprobarse con sus condiciones.
Fuentes oficiales y revisión
Fuentes revisadas el 30 de octubre de 2026. Comprueba la normativa, los formularios y el calendario aplicables a la fecha de tu operación. Si necesitas que revisemos tu caso, contacta con el despacho.
De la duda a la gestión
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